Cuando las circunstancias del menor o de alguno de los progenitores cambien
Puede ser que tras una sentencia de divorcio o de medidas paternofiliales las circunstancias del menor o de alguno de los progenitores cambien y la pensión de alimentos o el régimen de visitas establecido en la sentencia ya no sea adecuado para esta nueva situación.
En estos casos se puede interponer una demanda de modificación de medidas. Puede ser de mutuo acuerdo o contenciosa.
Para interponer una demanda de modificación de medidas es necesario:
- Que los cambios producidos sean relevantes (no bastan cambios accesorios o circunstanciales).
- Que se hayan producido con posterioridad a la sentencia que se pretende modificar.
- Que sea una modificación imprevista o imprevisible y que por tanto no pudo tenerse en cuenta cuando se redactó el convenio regulador o cuando se celebró el juicio.
- Que esta nueva situación sea estable y duradera.